Reconocimiento facial: se necesita una regulación estricta para prevenir violaciones de derechos humanos

 El Consejo de Europa ha pedido normas estrictas para evitar los riesgos significativos para la privacidad y la protección de datos que plantea el uso cada vez mayor de tecnologías de reconocimiento facial. Además, ciertas aplicaciones de reconocimiento facial deberían prohibirse por completo para evitar la discriminación.


En un nuevo conjunto de pautas dirigidas a gobiernos, legisladores y empresas, la organización de derechos humanos de 47 estados propone que el uso del reconocimiento facial con el único propósito de determinar el color de piel, religión u otra creencia, sexo, origen racial o étnico de una persona , la edad, la salud o el estatus social deberían estar prohibidos.


Esta prohibición también debería aplicarse a las tecnologías de "reconocimiento de afectos", que pueden identificar emociones y utilizarse para detectar rasgos de personalidad, sentimientos internos, condiciones de salud mental o nivel de compromiso de los trabajadores, ya que plantean riesgos importantes en campos como el empleo, el acceso a los seguros y la educación.


“En el mejor de los casos, el reconocimiento facial puede ser conveniente y nos ayuda a sortear obstáculos en nuestra vida cotidiana. En el peor de los casos, amenaza nuestros derechos humanos esenciales, incluida la privacidad, la igualdad de trato y la no discriminación, empoderando a las autoridades estatales y a otros para monitorear y controlar aspectos importantes de nuestras vidas, a menudo sin nuestro conocimiento o consentimiento ”, dijo el Secretario General del Consejo de Europa. Marija Pejčinović Burić.


“Pero esto se puede detener. Estas directrices garantizan la protección de la dignidad personal, los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas, incluida la seguridad de sus datos personales ".


Las directrices fueron desarrolladas por el Comité Consultivo del Convenio del Consejo de Europa para la Protección de las Personas con respecto al Procesamiento Automático de Datos Personales, que reúne a expertos que representan a los 55 estados parte del Convenio, así como a 20 países observadores.


La Convención, el primer tratado internacional vinculante que aborda la necesidad de proteger los datos personales, se abrió a la firma en Estrasburgo hace cuarenta años, el 28 de enero de 1981.

https://www.coe.int/en/web/portal/-/facial-recognition-strict-regulation-is-needed-to-prevent-human-rights-violations-

Comentarios

Popular

Herramientas de Evaluación de Sistemas Algorítmicos

Sistemas multiagentes: Desafíos técnicos y éticos del funcionamiento en un grupo mixto

Controversias éticas en torno a la privacidad, la confidencialidad y el anonimato en investigación social