La inteligencia artificial y el derecho internacional de los refugiados
https://moderndiplomacy.eu/2021/09/05/artificial-intelligence-and-international-refugee-law/
Los derechos de los refugiados son cosmológicos, vinculantes, combinados, codependientes e interconectados y constituyen la estructura básica de la costumbre internacional [BASIC] que engloba las jurisdicciones nacionales de todo el mundo. BASIC se nutre de la dignidad; por lo tanto, la palabra "derechos de los refugiados" puede ser delineada y definida en una sola palabra -según mi entendimiento- llamada "dignidad", ya que es la cuestión de la dignidad humana la que abordamos en los derechos de los refugiados. Por lo tanto, los derechos de los refugiados significan dignidad, pero la misma se ha enrevesado aún más con el ascenso de la Inteligencia Artificial (IA) que ha presentado nuevos desafíos a la igualdad humana en todos los ámbitos de la vida. La IA ha reducido la humanidad a cálculos algorítmicos contrarios a las normas mundiales de derechos humanos. La IA no reconoce la importancia del humanitarismo en su forma actual. Ha imaginado un mundo de números dinámicos que no protegen a la humanidad ni mitigan los sufrimientos humanos en los procedimientos de determinación del estatus de refugiado (RSD). El humanitarismo algorítmico es una idea que padece la aclimatación mecánica, tecnocrática y científica de la existencia humana desprovista de ética, justicia y moralidad. Los cálculos controlados por máquinas adjudican exclusivamente los procedimientos RSD y las decisiones de inmigración. Pero la aplicación de la IA también ha planteado una serie de problemas relacionados con la privacidad de los datos, la confidencialidad y el uso y el mal uso de la información de los datos recopilados por los gobiernos, las organizaciones, los funcionarios de la RSD y las autoridades de inmigración de los refugiados y solicitantes de asilo migrantes y apátridas (RAMS). Dichos datos pueden ser explotados, empleados y maniobrados con fines geoestratégicos, geopolíticos, de geoingeniería, de investigación médica, socioeconómicos y demográficos por las instituciones y gobiernos mundiales, regionales y nacionales. En la protección de los derechos humanos, los derechos de los refugiados y las decisiones en materia de inmigración, la IA ha estado afectando negativamente a los procedimientos de determinación de la condición de refugiado y a las sentencias de inmigración en todo el mundo.
Humanitarismo algorítmico
Por lo tanto, el humanitarismo algorítmico ha presentado un compendio de preguntas que de respuestas. De ahí que la IA carezca de la sensibilidad antropogénica, el pensamiento crítico, la subjetividad humana y los umbrales de objetividad necesarios para apreciar los grados de persecución y discriminación en los procedimientos de RSD y las decisiones de inmigración, en violación de las normas mundiales de derechos humanos de protección de los refugiados. Así pues, es necesario hurgar y rumiar estas cuestiones examinando la aplicación de la IA y evaluando su impacto en las normas globales de derechos humanos que sustentan a la humanidad y hacen que la existencia humana sea humana más allá de la percepción de la inteligencia y el discernimiento algorítmicos. Tiene que haber una primacía centrada en el ser humano de la aplicación de la IA al tiempo que se posicionan los igualadores de refugiados en el marco de las tecnologías ADM (ATF) para los procedimientos RSD en relación con los desafíos del derecho internacional de los derechos humanos (IHRL) con el enfoque basado en los derechos humanos (HRBA). Además, el marco de igualdad de la IA debe constituir y defender que el humanitarismo algorítmico debe reprogramarse con nuevas tecnologías de IA impregnadas de normas globales de derechos humanos para una inteligencia artificial sostenible.
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